La nueva Carta de Derechos del Usuario garantizará nuestros intereses

La nueva Carta de Derechos del Usuario de Telecomunicaciones aprobada la semana pasada por el Consejo de Ministros velará por nuestros intereses de una manera más justa reforzando aquellos puntos donde el usuario se sentía más desprotegido y garantizando al usuario el conocimiento de las condiciones de los servicios contratados.

A continuación pasamos a revisar los distintos puntos de la carta:

  • Prohíbe al operador realizar modificaciones unilaterales si no están previstas “expresamente” por anticipado en el contrato y exigirá que el usuario conozca de manera clara los vínculos entre el contrato de servicio y la adquisición de un terminal subvencionado para evitar las consecuencias de su incumplimiento cuando una operadora decide modificar las tarifas y sus clientes pretenden darse de baja sin penalización por incumplimiento de contrato a pesar de tener un terminal subvencionado.

En este sentido lo correcto sería que las operadoras respetaran las condiciones firmadas hasta que finalizase la permanencia de cada uno pero ya me estoy imaginando una claúsula en los contratos que dirá lo contrario y permitirá a las operadoras cobrar penalizaciones por subvención de terminal en caso de modificar las tarifas.

  • Se agiliza el proceso que un operador tiene para dar de baja a un cliente que pasará de 15 a 2 días.

  • Como ya hablamos hace tiempo, se reducirá a 1 día el plazo máximo para la portabilidad una vez que la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones apruebe las especificaciones necesarias.

  • Se compensará la interrupción del servicio automáticamente en telefonía e Internet sin necesidad de solicitud previa por parte del usuario siempre que la cuantía sea superior a 1 euro.

  • Se perseguirán más duramente las altas fraudulentas (o slamming) de un usuario con un operador sin su consentimiento otorgando a la Administración mayores poderes sancionadores.

  • Se prohibirá el spam telefónico “desleal y agresivo” o todo comportamiento que pueda mermar la libertad de elección del consumidor. ¿Os suena este punto? Creo que muy pocos se han librado de las incesantes llamadas (por no decir pesadas) de ciertos números que intentan “vendernos la moto” con argumentos muy poco convincentes para los que conocen el mundo de la telefonía.

  • En relación con el punto anterior, el operador deberá enviar al usuario un documento acreditativo de las ofertas a las que se acoge así como contestar en el plazo máximo de un mes a las reclamaciones presentadas por los usuarios. Así nos olvidaremos de las numerosas ofertas telefónicas “engañosas” que contengan información “falsa” o las que puedan inducir a error por su contenido o presentación.

Sin duda son buenas noticias para el usuario siempre que empiecen a aplicarse correctamente en el menor plazo de tiempo posible.

Vía | EuropaPress.

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