En marzo se dio a conocer que el Grupo MásMóvil lanzaba una OPA para hacerse con el 100% de las acciones del grupo Euskaltel. La OPA era amistosa y se valoró en 2.000 millones de euros, y MásMóvil se comprometía a asumir 1.500 millones de deuda que Euskaltel acumulaba en dicho momento. La OPA fue pasando por sus distintas fases, desde la aprobación de la CNMC y la CNMV a la del propio Gobierno, y el 5 de agosto se completó finalmente.
Con el cierre de la compra, MásMóvil acordó no realizar ningún ERE pero se hizo únicamente con el 97,67% del capital social del grupo Euskaltel. Un 2,33% del capital social quedaba en manos de accionistas que habían decidido no vender así que MásMóvil ha dado el siguiente paso: solicitar la suspensión de la cotización del grupo Euskaltel y lanzar una compra forzosa del 2,33% restante.
45 millones de euros para comprar el 2,33 de Euskaltel restante
Esto es lo que nos cuenta la propia CNMV, la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre las compras forzosas de acciones como la que ha solicitado MásMóvil para hacerse con el 2,33% del grupo Euskaltel que no ha aceptado las condiciones iniciales de la OPA (ya finalizada) que ha acabado con una compañía en manos de la otra. La CNMV dice así:
Compra/venta forzosa de acciones: Se dan en las opas lanzadas sobre el 100% de las acciones de una compañía, cuando al final del plazo de aceptación quedan accionistas que no han vendido (no más del 10% del capital) y la oferta ha sido aceptada por, al menos, un 90% de los valores a los que se dirigía.
Como vemos, la OPA lanzada por MásMóvil cumple ambos los tres requisitos: fue lanzada sobre el 100% de las acciones de Euskaltel, las acciones no vendidas son inferiores al 10% y, por tanto, se ha adquirido más del 90% de las mismas. Pero la CNMV sigue con más información al respecto:
En tales casos, el oferente (MásMóvil) puede exigir a los accionistas la venta de sus acciones, al precio de la opa. Todos los gatos derivados de la compraventa y su liquidación son por cuenta del oferente. De igual manera, cualquier accionista puede exigir al oferente que le compre sus acciones al mismo precio. En este caso, los gastos correrán por cuenta del accionista. El plazo máximo para exigir la venta (por parte del oferente) o la compra (por parte del accionista) es de tres meses desde que finalice el plazo de aceptación de la oferta.
Así pues, MásMóvil está dentro del plazo de los citados tres meses para exigir al resto de accionistas de Euskaltel que le vendan las acciones (el 2,33% restante) al precio de la OPA y así hacerse con el 100% de las mismas. Para hacerse con este 2,33%, MásMóvil ha presentado un aval de 45 millones de euros para así adquirir las acciones al precio acordado de 11 euros por título.
MásMóvil ha solicitado a la CNMV la suspensión de la cotización del grupo Euskaltel con fecha del cierre del próximo 17 de agosto de 2021, y que la cotización de dichas acciones permanezca suspendida desde entonces hasta que se produzca la exclusión de negociación definitiva. MásMóvil ha presentado también toda la documentación pertinente por lo que no debería haber problemas en el proceso restante, y MásMóvil se haría con el 100% de las acciones de Euskaltel en unos días.
Vía | Cinco Días