Como pasa en muchas empresas del sector servicios, para contratar uno todo son facilidades, pero para darlo de bajar o cancelarlo la tarea no resulta igual de sencilla. En el caso de la telefonía fija y móvil muchos hemos podido comprobar lo fácil y rápido que se puede pedir una portabilidad, pero cancelarla en muchos casos se complica hasta el extremo de que muchos usuarios se quedan sin plazo para ello.
Toda la información relativa a la cancelación de una portabilidad móvil dependía hasta ahora de un código de buenas prácticas que entró en vigor en 2014, lo que provocó que a pesar de las buenas intenciones, el usuario no tuviese toda la información necesaria para cancelar voluntariamente una portabilidad. Con ese panorama, la CNMC ha decidido actuar, imponiendo una nueva normativa que facilite el proceso de cancelación de una portabilidad móvil.
Más información para el usuario
La nueva normativa, que tendrá que ser asumida por los operadores antes del próximo 20 de noviembre, se centra en que el usuario disponga de toda la información necesaria para cancelar una portabilidad. Para ello, en el momento de la tramitación el usuario tendrá que ser informado por la misma vía de cuál es el procedimiento para una posible cancelación, incluyendo los datos que se le pedirían, el horario de atención y el plazo que tendría para ello.
Si el usuario decide ejecutar la cancelación de la portabilidad, el operador receptor solo le podrá exigir el documento de identidad en caso de personas físicas o NIF o escrituras de apoderamiento en el caso de personas jurídicas. Por supuesto, el tramite tendrá que ser totalmente gratuito, aunque si el usuario ha llegado a recibir servicios del nuevo operador tendrá que abonar la correspondiente factura.
Por último, el operador receptor estará obligado a proporcionar al usuario una referencia única de su solicitud, que incluya la fecha y hora de ésta. Finalmente, si el usuario no ha presentado en plazo la solicitud de cancelación (hasta las 14:00 del anterior día al que se vaya a ejecutar la portabilidad) tendrá derecho a solicitar una portabilidad de retorno o retroportabilidad, sin que le pueda penalizar por ello.
Alas para los amagadores
La nueva normativa impuesta por la CNMC busca proteger a los usuarios, que en muchas ocasiones han tenido dificultades para arrepentirse de un cambio de operador. Ahora, lo cierto es que también dará alas a los "amagadores", aquellos que solicitan una portabilidad solamente para que su operador actual se percate de ellos y les realice una oferta para quedarse.
En esos casos es el usuario el que tiene que solicitar al operador al que solicitó la portabilidad la cancelación, y hasta ahora era habitual ver como en los foros este tipo de usuarios compartían experiencias para saber con qué operador era más fácil hacer un amago, cuáles facilitaban más la labor de cancelar la portabilidad solicitada.
Ahora, aunque la solicitud de cancelación de una portabilidad es totalmente gratis, el operador o la tienda pueda repercutir sobre el usuario los costes que haya podido incurrir en el proceso de solicitud. Esos costes podrían ser por ejemplo el precio de la SIM o los gastos de envío, que los operadores podrían subir ahora teniendo en cuenta que podrían recibir más cancelaciones de portabilidades.
Foto de portada | Pixabay
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