Consumo prohíbe cobrar por los números de atención al cliente: no podrán ser de tarificación especial

Alberto Garzón, Ministro de Consumo del Gobierno de España, acaba de anunciar la prohibición de los números de tarificación especial en las líneas telefónica de atención al cliente. El 4 de septiembre de este 2020 conocíamos las intenciones de Consumo de sacara adelante esta medida, que se acaba de hacer oficial y queda reflejada en el BOE del 23 de diciembre.

En concreto, el Boletín Oficial del Estado, en medidas en materia de defensa de los consumidores y usuarios, se refleja que las líneas de atención al cliente no podrán tener una tarificación con coste superior al de una llamada a línea telefónica móvil o fija estándar, es decir: se prohíben los números de tarificación especial en atención al cliente, tal y como se planteó hace unos meses.

Adiós a los 902 y demás en atención al cliente

El Consejo de Ministros ha aprobado la medida que adelantó en septiembre, la prohibición de las llamadas de tarificación especial en servicios de atención al cliente. En concreto, el BOE refleja los servicios de atención al cliente no podrán tener líneas con un coste superior al de las llamadas estándar.

"En caso de que el empresario ponga a disposición de los consumidores y usuarios una línea telefónica a efectos de comunicarse con él en relación con el contrato celebrado, el uso de tal línea no podrá suponer para el consumidor y usuario un coste superior al coste de una llamada a una línea telefónica fija geográfica o móvil estándar."

Es importante entender dos matices aquí. El primero es que no se prohíben como tal los números de pago, sino que se indica que las líneas de atención al cliente no pueden suponer un mayor coste respecto a una llamada estándar. Es decir, si tu tarifa no incluye llamadas gratis y pagas el precio estándar por ellas, con la nueva legislación se pagará la misma cuantía que dichas líneas estándar.

En segundo lugar, el BOE refleja que, en caso de que se utilice una línea telefónica que suponga coste para el consumidor, las empresas deberán disponer, en cualquier caso, de un número de atención al consumidor gratuito. Del mismo modo, deberán facilitar al consumidor información sobre dicho número alternativo.

Con esta modificación en la ley, las empresas no podrán ofrecer líneas de atención al cliente con coste superior al de una llamada estándar

También se hace alusión a teléfonos de atención al cliente de empresas de suministro de agua, gas, electricidad, servicios financieros y de seguros, postales, transporte, protección de la salud, saneamiento y residuos, que serán gratuitos. El resto de empresas, móviles o fijos con prefijo geográfico.

El punto clave de esta modificación en la ley es que se acaban los precios abusivos en líneas de tarificación especial, que deberán tener siempre el costo de una llamada estándar. Aparte de los conocidos 902, actualmente hay líneas como la 901 que repercute la mitad del pago entre usuario y propietario, a las que también afecta la medida.

El ministro Garzón, en declaraciones a Canal Sur Radio en septiembre, ya informaba que "estos números [los 902] no están en la tarifa plana y elevan la factura. Es un abuso y desincentiva que la gente quiera ejercer su derecho a reclamar. Antes del verano que viene estarán prohibidos".

Vía | Ondacero

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