Para bien (o para mal) la mensajería instantánea se ha convertido en uno de los medios de comunicación más utilizados por los usuarios. Millones de mensajes se intercambian a diario a través de ellas. Mensajes que, en ocasiones, pueden contener información relevante para las autoridades en el caso de que se haya cometido un delito.
Desafortunadamente, hace poco hemos visto varios casos de delitos en cuyas denuncias y juicios se aportaban conversaciones de WhatsApp como prueba de los mismos pero, ¿pueden servir este tipo de aportaciones como pruebas concluyentes para emitir una sentencia? Hemos hablado con un experto en la materia para saber qué sucede al respecto.
Son fácilmente manipulables
Un ejemplo que todos conocemos es el de "La Manada", un caso en el que las conversaciones de WhatsApp en las que los supuestos criminales hablaban abiertamente de los hechos acontecidos la noche San Fermines no se han aceptado como pruebas incriminatorias.
Hemos hablado con Pablo Serrano, perito judicial informático, quién nos ha explicado por qué este tipo de pruebas no son válidas por sí mismas ni aún habiendo un proceso de peritaje por medio. Lo primero que Pablo señala es que el motivo principal por el que no tienen valor por sí mimas es porque son pruebas fácilmente manipulables.
En la mayoría de los casos, el juez pedirá la peritación para verificar si son reales, pero no siempre se puede demostrar, ya que para que el perito pueda demostrarlo, la única manera es que éste tenga acceso a las copias de seguridad de ambas partes y certifique que coinciden las horas de salida y entrega en los logs que se hacen en los backups de las conversaciones.
¿Cuál es el problema aquí? Que no todos los usuarios hacen copias de seguridad de los chats, por lo que en muchas ocasiones es imposible acceder y por lo tanto, demostrar que no están manipulados.
Y WhatsApp no almacena los mensajes
Si los usuarios no tienen copias de las conversaciones para que el perito pueda intervenir, el siguiente paso lógico que habría que dar sería el de buscar dentro de los servidores de la herramienta, pero aquí entra el segundo punto por el que las conversaciones dentro de la aplicación de mensajería no son del todo válidas como prueba.
Y es que WhatsApp no almacena copias de los mensajes en sus servidores, motivo por el cual los peritos solo disponen de las copias almacenadas en los terminales de las partes implicadas (importante señalar que para poder darlo como válido tienen que peritarse ambas, tanto emisor como receptor).
¿Y las notas de audio?
Le preguntamos también a Pablo qué sucede con otro tipo de mensajes que no son escritos, como por ejemplo las notas de audio. Esto es algo que pudimos ver en el caso de los futbolistas Iker Muniain y David De Gea donde además de mensajes de texto, había audios grabados por ellos mismos.
En este caso, y aunque pueda parecer que son pruebas menos manipulables, también tendría que llevarse a cabo un procedimiento de peritaje, especialmente si el audio no aparece registrado en el backup de la persona implicada (por ejemplo cuando mandamos un audio que alguien ha grabado a otra persona).
En el caso de la grabaciones de vídeo serían también un indicio aceptado como válido, siempre y cuando no atenten contra la intimidad, por lo que solamente serán aceptadas las realizadas en domicilios o en lugares públicos exentos de expectativa de privacidad como probadores o aseos públicos.
De cualquier manera, dice Pablo que "una vez peritado se puede presentar como prueba, pero igual que con los textos, en la mayoría de los casos serán admitidas como indicios (conjunto de pruebas que no son 100% fehacientes) y no como pruebas concluyentes".
Mensajería privada en redes sociales
Hoy en día no difícil que muchas conversaciones se saquen fuera de WhatsApp y se lleven a otros servicios que incluyen mensajería, como las redes sociales. ¿Sucede en este caso lo mismo que en WhatsApp? En la práctica hemos visto que no, pues las fotos en Instagram de la demandante en el caso del juicio de "La Manada" sí se admitieron como pruebas para la investigación.
Pablo cerciora esto y nos dice que "las pruebas digitales siempre tienen que estar cotejadas y en el caso de Facebook o Twitter, se guarda todo en los servidores por lo que a pesar de que se manipulen, se podría demostrar si es real o no. En este caso hay que pedir un requerimiento a esas empresas, algo de lo que normalmente se encarga la Policía".
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