En plena era de las fake news y la falta de claridad en ocasiones de algunas normativas, pueden dar lugar a engaños. Hace pocos días veíamos que no existen los soportes para móvil homologados por la DGT y hoy toca analizar la posibilidad de ser sancionados en una gasolinera por el uso del móvil.
Y es que el Reglamento General de Circulación recoge precisamente dos apartados en los cuales se habla de usar el móvil en una gasolinera, promovido precisamente por los peligros que esto podría conllevar. Pues bien, ya te adelantamos que no se prevén sanciones específicas por incumplirlo, aunque sí hay ocasiones en las que te pueden sancionar.
Lo que dice la normativa sobre el uso del móvil en gasolineras
Haciendo alusión al ya citado Reglamento General de Circulación, nos fijamos en el artículo 115. En este se habla del apagado del motor del vehículo y se hace referencia al apagado del teléfono móvil entre los elementos que pueden interferir durante la carga de combustible del vehículo. Concretamente, dicen lo siguiente en el apartado tercero del mismo:
"[...]Para cargar combustible en el depósito de un vehículo, éste debe hallarse con el motor parado. Los propietarios de aparatos distribuidores de combustibles o empleados de estos últimos no podrán facilitar los combustibles para su carga si no está parado el motor y apagadas las luces de los vehículos, los sistemas eléctricos como la radio y los dispositivos emisores de radiación electromagnética como los teléfonos móviles".
Ya en el apartado cuarto se dice que, "en ausencia de propietarios de aparatos distribuidores de combustibles", el conductor deberá "cumplir los mismos requisitos establecidos en el apartado anterior".
Así pues, la normativa indica que el móvil debe estar apagado durante la carga de combustible, independientemente de que sea el usuario el que está echando gasolina o sea un empleado de la gasolinera. Sin embargo, tal y como la DGT confirmó a nuestros compañeros de Xataka, no hay ninguna campaña que prevea multar en gasolineras por esta razón y tampoco dicen tener constancia de que en el pasado se haya sancionado por este motivo.
Casos en los que sí te pueden multar (en la gasolinera u otros sitios)
Una vez desmentido que tener el teléfono móvil encendido pueda ser motivo de sanción económica o pérdida de puntos, nos gustaría advertir de los casos en los que sí puedes ser sancionado por las autoridades. Y todo ello tiene relación con el uso del móvil o tenerlo en la mano durante la conducción, pero ya sea en una gasolinera o en cualquier otro lugar (incluso parado en un semáforo).
Teniendo en cuenta la legislación vigente y sus últimos cambios, usar el móvil en la mano o sostenerlo puede acarrear una sanción de 200 euros y la pérdida de 6 puntos. Idéntica multa se puede recibir por usarlo en un soporte, aunque en este caso los puntos que se retiran son 3. Pero todo esto, recalcamos nuevamente, que es solo con el coche en marcha y en cualquier tipo de vía (incluyendo la entrada y salida de una gasolinera).
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