Hace menos de un mes, Avatel confirmó que había iniciado un procedimiento de despido colectivo que afectaría a 849 empleados. El motivo argumentado por la teleco era que, una vez culminada la fase de crecimiento, habían entrado en una fase de ajuste para corregir el sobredimensionamiento de la estructura de la empresa.
Como es habitual, aquel anuncio fue el pistoletazo de salida para las conversaciones con los representantes legales de los trabajadores. No han pasado ni cuatro semanas y Avatel ya ha alcanzado un acuerdo con los sindicatos en cuanto al número definitivo de salidas y su compensación económica.
Finalmente habrá un 21% menos de salidas
Avatel Telecom ha llegado a un acuerdo con los sindicatos UGT, Fetico y CCOO para la reestructuración de plantilla, de manera que el procedimiento de despido colectivo afectará finalmente a un máximo de 674 empleados de los 1.886 que tiene el operador en toda España. Es decir, un 36% de la plantilla.
El número de bajas, por tanto, supone un 21% menos frente a las 849 inicialmente planteadas. Además, se contempla la adhesión voluntaria de los trabajadores al proceso, que se incentivarán con una prima de adscripción de 1.200 euros.
Las condiciones compensatorias que recoge el acuerdo establecen 33 días por año trabajado (y 35 para las personas que se adhieran voluntariamente), con un máximo de 24 mensualidades.
También se ha acordado un plan de empleabilidad para facilitar la recolocación de los afectados y se ha incluido una serie de colectivos vulnerables a los que no podrá afectar este proceso de despido:
- Los dos miembros de una pareja (matrimonio o pareja de hecho comunicada a la empresa).
- Personas con familiares a cargo con una discapacidad reconocida de un 65% o más.
- Mujeres embarazadas comunicadas antes del 13 de mayo.
- Personas con permiso por maternidad/paternidad y lactancia generados antes del 13 de mayo.
- Personas con reducción de jornada o adaptación por guarda legal en un porcentaje igual al de salidas.
- Víctimas de violencia de género acreditable antes del ERE.
- Mayores de 50 años.
- Personas con descendientes naturales o acogidos a su cargo con cáncer y otra enfermedad grave recogida en el Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio.
Imágenes | Avatel
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