Ahora que ha pasado lo peor de la pandemia (crucemos los dedos), muchas de las restricciones y medidas relacionadas con el COVID se han relajado o, directamente, han desaparecido. Es el caso, por ejemplo, de las mascarillas, que apenas son obligatorias en centros sanitarios y transportes, o de la app Radar COVID, que ya ha abandonado su soporte sin haber resultado de mucha utilidad.
El pasaporte COVID o Certificado COVID es otra de las iniciativas que entró en vigor el verano pasado para agilizar los controles en aeropuertos, estaciones, puertos y fronteras terrestres. ¿Qué pasará con él a partir de ahora? Pues que el Consejo de la Unión Europea ha aprobado hoy prorrogarlo hasta junio de 2023, aunque abre la puerta a derogarlo antes de esa fecha según cómo evolucione la pandemia.
La decisión final depende de cada país
La Unión Europea ha decidido prorrogar el Reglamento por el que se establece el certificado COVID digital, conocido como pasaporte COVID, hasta el próximo verano. Eso significa que los estados miembros que así lo deseen podrán seguir exigiendo el certificado a los viajeros que vayan a entrar y a desplazarse por su territorio, tanto ciudadanos europeos como de países ajenos a la UE.
Concretamente, se prorroga hasta el 30 de junio del año que viene, aunque algunos países han dejado de exigirlo ya. España, por ejemplo, no se lo pide desde primeros de junio a viajeros procedentes de cualquiera de los países de la Unión Europea o del espacio Schengen.
La prórroga del Regalmento recoge, no obstante, la posibilidad de derogarlo antes de esa fecha, siempre y cuando la situación sanitaria sea favorable. Para ello, la Comisión presentará antes del 31 de diciembre de 2022 un informe detallado que evalúe la necesidad de revocar o mantener el certificado, en función de la evolución de la situación sanitaria.
Además, según informa el Consejo, la modificación del Reglamento incluye también las siguientes novedades:
Aclaración de que los certificados de vacunación deben reflejar todas las dosis administradas, independientemente del estado miembro donde las personas hayan recibido su vacunación.
Posibilidad de emitir un certificado de recuperación después de una prueba de antígenos negativa tras superar la enfermedad.
Ampliación de la gama de pruebas de antígenos autorizadas utilizadas para el certificado COVID.
Opción de expedir certificados de vacunación a las personas que participen en ensayos clínicos.
Recordemos que el Reglamento actual por el que se establece el certificado COVID digital de la UE se adoptó el 14 de junio de 2021 y está en vigor desde el 1 de julio del año pasado. Esta modificación que lo prorroga hasta 2023 se ha aprobado hoy y entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Unión Europea.
Ver 2 comentarios