El pasado mes de marzo, la CNMC impuso una multa de 6 millones de euros a Telefónica por incumplir una de las obligaciones a las que se comprometió tras la compra de DTS (Canal+). Concretamente, la que impedía aplicar permanencias en los contratos de los paquetes Fusión.
Como era de esperar, Telefónica recurrió esa sanción y lo hizo alegando que, en caso de pagarla, penalizaría su inversión en el despliegue de redes en la España rural. Ahora la Audiencia Nacional le ha dado la razón, al menos, parcialmente: no le quita la multa, pero la pospone.
La Audiencia Nacional se pone de parte de Telefónica
En 2015, para que la CNMC autorizara la compra de DTS (Distribuidora de Televisión Digital S. A.), matriz de Canal+, Teléfonica presentó y aceptó voluntariamente una serie de compromisos destinados a garantizar la competencia en el mercado.
Uno de ellos establecía que Telefónica debía evitar incluir "obligaciones de permanencia asociadas directa o indirectamente a los servicios de televisión de pago, ya fueran empaquetados o no, con servicios de comunicaciones electrónicas".
Movistar, que ya había retirado la permanencia de todo su catálogo, comenzó a ofrecer en abril de 2021 la posibilidad de arrendar o alquilar un smartphone gratis o más barato. A cambio, debías mantenerte 36 meses ligado a tu tarifa Fusión; en caso contrario, te tocaría abonar una penalización.
La CNMC consideró que, en la práctica, ese arrendamiento de terminales tenía vinculada una permanencia de 36 meses y, por tanto, incumplía la obligación de "no entorpecer el cambio de los clientes de Telefónica a otros operadores".
Primero, la CNMC invitó a Movistar a modificar esa promoción y, como no lo hizo, le abrió un expediente sancionador que concluyó con una multa de 6 millones de euros por considerarlo una "infracción muy grave".
Telefónica, como es habitual, recurrió la sentencia a la Audiencia Nacional alegando que, si pagaba esa multa, no podría realizar las inversiones previstas para desplegar fibra en zonas rurales de España. La Audiencia Nacional lo ha tenido en cuenta y ha ordenado la suspensión cautelar de la multa.
¿Significa eso que Telefónica se libra de la multa? No, ni mucho menos. Simplemente la Audiencia Nacional ha accedido a que el pago de la misma no sea inmediato hasta que haya una resolución judicial firme porque considera que el importe es lo suficientemente elevado para comprometer el plan de inversiones.
Vía | La Vanguardia
Imágenes | Telefónica
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